29 abril, 2026

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La Justicia frenó los eventos privados en Cataratas del Iguazu y suspendió una resolución de Parques Nacionales

La decisión fue tomada por la Cámara Federal de Posadas, que ordenó dejar sin efecto la aplicación de la Resolución 460/2025 de la Administración de Parques Nacionales (APN). Dicha normativa permitía la realización de “microeventos” privados en el Parque Nacional Iguazú, con hasta 60 personas y bajo un esquema considerado “experimental”.

El fallo responde a una presentación de la organización ambientalista Orembae, que había advertido sobre la falta de estudios de impacto ambiental y la ausencia de instancias de participación ciudadana. En ese sentido, la Justicia consideró que la presunción de legalidad de la norma debía ceder ante el riesgo de daño ambiental, aplicando el principio preventivo establecido en la legislación vigente.

Los jueces también señalaron que existía un “peligro claro” en habilitar actividades cuyos alcances no estaban debidamente definidos, y advirtieron que la figura de “microeventos” podría utilizarse para evitar controles más estrictos en un área de alta fragilidad ecológica.

La resolución judicial establece una medida de “no innovar”, lo que implica que no podrán autorizarse este tipo de eventos hasta que haya una sentencia definitiva sobre el fondo de la causa. Desde la organización demandante celebraron el fallo y lo calificaron como un avance en la defensa del patrimonio natural.

El conflicto se remonta a diciembre de 2025, cuando el Gobierno nacional habilitó este tipo de actividades como una prueba piloto dentro del parque. Sin embargo, organizaciones ambientales cuestionaron la medida por considerar que ponía en riesgo el ecosistema y vulneraba normas ambientales vigentes.

De esta manera, la Justicia vuelve a poner límites a la utilización de espacios naturales protegidos, en un debate que enfrenta el desarrollo de nuevas actividades turísticas con la necesidad de preservar uno de los entornos más valiosos de la biodiversidad argentina.

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